El pleno del Consell ha aprobado un decreto que modifica cuatro artículos del Decreto 59/2017, de 5 de mayo, del Consell, de ordenación de la pesca artesanal del pulpo, en el que introduce algunas novedades para conferir una mayor flexibilidad a esta actividad.
Estas modificaciones se realizan tras consultar a las federaciones provinciales de cofradías de pescadores y a la Comisión Interfederativa. El objetivo es mejorar las condiciones de pesca, siempre que sean compatibles con los estudios científicos disponibles sobre la biología y reproducción de esta especie, en aras a conseguir que esta pesquería sea sostenible, evitándose el colapso del stock.
En este sentido, en el artículo 3, que establece las limitaciones a la actividad y balizamiento, se permite el incremento de los recipientes por embarcación (cadufos) en función del número de tripulantes, así como la longitud total de las relingas caladas.
Además, se modifican los horarios en los que se puede ejercer la actividad de la pesca artesanal del pulpo, recogida en el artículo 6, permitiéndose otros horarios con carácter excepcional, si lo contemplan los planes de gestión que aprueba la conselleria.
Asimismo, el límite de capturas por embarcación pasa de computarse de 500 kilogramos semanales a 18.000 kilogramos anuales por embarcación, de modo que se compensa por semanas hasta el límite anual. A causa de los periodos de veda, solo es posible realizar la pesca durante un máximo de 36 de las 52 semanas del año.
Por último, respecto a las prohibiciones del artículo 9, se habilita la posibilidad de simultanear la pesca artesanal del pulpo con otros artes de pesca, con carácter excepcional, cuando los planes de gestión lo contemplen y con las limitaciones recogidas en la norma por embarcación y número de tripulantes.
El pulpo es una especie marina fundamental para el sector pesquero de la Comunitat Valenciana. En 2017 se desembarcaron 935 toneladas por un valor de 6,5 millones de euros.