Existe un gran descontento de los empresarios del sector del ocio nocturno, en lo que se refiere al trato de favor que gozan las actividades ubicadas en la zona marítimo-terrestre. Todo ello, hace imposible establecer una competencia reglada. El constante incumplimiento de horarios de estos establecimientos, junto con la realización de actividades musicales y de baile, suponen la ejecución de actividades distintas a las contempladas en las licencias. Además, se infringe, presuntamente, la Ley de Protección Acústica, pues dichos locales tienen ambientación musical sin las correspondientes auditorias acústicas y sin las medidas necesarias de insonorización. En el aspecto fiscal, este tipo de actividades, cuando son actividades mixtas de espectáculos, deben tributar al 21 % de IVA.
Todo esto, está provocando unas ventajas competitivas positivas para este tipo de establecimientos y generando un trato de favor encubierto por parte de las Administraciones.
Desde el colectivo empresarial, se solicita, una vez más, el cumplimiento de la Ley de Espectáculos y de la Ley de Protección Acústica. Sin tratos de favor y con una exigencia en igualdad de condiciones y equidad para todos los locales.