¿A qué temperatura debo poner mi establecimiento para que no me multen?
La temperatura del aire en los recintos refrigerados no deberá ser inferior a 27 ºC ¿pero qué pasa con la Ley de Riesgos Laborales? La temperatura del aire en los recintos calefactados no podrá ser superior a 19 ºCLas medidas estarán en vigor a partir del 10 de agosto y hasta noviembre de 2023Dentro de bares y restaurantes se superarán «con facilidad» los 30 grados A partir del 10 de agosto y hasta noviembre de 2023, la temperatura del aire en los recintos refrigerados no deberá ser inferior a 27 ºC mientras que la temperatura del aire en los recintos … Sigue leyendo ¿A qué temperatura debo poner mi establecimiento para que no me multen?
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